El principio de autoridad debe de recuperarse, ante el desborde estructural de la criminalidad que amenaza la paz social y la institucionalidad
- Secretaría de Doctrina JNP
- hace 1 día
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«...el principio de autoridad es una cuestión deteriorada y que debe de recuperarse, ante el recrudecimiento cíclico de la gran variedad de ilícitos que amenazan la paz social, la institucionalidad y legitimidad del Estado de Derecho. Consideramos que esta acepción es la que el ciudadano de a pie tiene en mente cuando se muestra más proclive a una forma de pensamiento autoritario. No creemos que cuando los peruanos traen a colación la palabra autoritarismo como algo necesario o se definen a sí mismos como autoritarios, tengan en mente un gobierno de excesos y de afectación indiscriminada a los derechos fundamentales, sino un régimen político en donde el principio de autoridad del Estado sea eficiente y eficaz.
Así tenemos y podemos construir una pequeña Teoría General del Autoritarismo, en donde el concepto de autoritarismo tiene dos sentidos interpretativos igualmente válidos y que fluyen de la praxis misma en que se ha desenvuelto la mencionada categoría: (i) uno negativo o espurio y (ii) otro positivo o institucional, que se alinean con las dos acepciones clásicas de la RAE. El primero hace alusión a las experiencias de los gobiernos (y las personalidades que los encarnan –los gobernantes–) que ejercen un uso abusivo de la autoridad pública; mientras que el segundo hace referencia a un régimen o sistema que se funda en el principio de autoridad. Así se tiene que mientras en la primera acepción el principio de autoridad se desnaturaliza, en la segunda acepción cumple su función estructural. Por ello conviene precisar qué entendemos por principio de autoridad.
Autorizada doctrina, en torno al principio de autoridad nos dice que, este puede ser conceptualizado como «el ejercicio legítimo de una competencia determinada, expresada en la forma prescrita por la Constitución y las Leyes» (Bauzá, 2008:5), es decir, el Presidente, los Ministros, los Alcaldes, los Gobernadores Regionales, las autoridades policiales y militares, etc, ejercen sus labores de acuerdo a los dispositivos normativos que regulan sus funciones. De acuerdo a ello los elementos del principio de autoridad serian cuatro, a saber: (i) legitimidad, (ii) competencia, (iii) fin y (iv) forma. Siendo la legitimidad, de acuerdo al precitado Bauzá, la superioridad jurídica que se manifiesta en la facultad de mandar, de obligar a terceros por disposición unilateral, esto es lo que se conoce como la potestad coercitiva del Estado o Ius Imperium, es decir, la prerrogativa del Estado para exigir de todos el cumplimiento de la Ley y la Constitución. No solamente implica la facultad de legislar sino también la de hacer cumplir lo legislado (Informe, Pleno del Congreso del Perú, 2001).
Por su parte, la competencia hace referencia al conjunto de atribuciones reconocidas en la Constitución o las Leyes, y a las que se tienen que limitar las autoridades públicas para no generar, precisamente, un conflicto de competencias respecto de sus respectivas funciones.
Asimismo, y en torno al fin y la forma, no es otra cosa que, el propósito y el procedimiento, respectivamente. Las autoridades tienen que ejercer las atribuciones que se les ha reconocido en la ley para el cumplimiento de unos objetivos particulares bajo unas formas específicas, prescritas normativamente.
Dicho esto, el Perú es un país que clama por la recuperación del principio de autoridad, y en ese sentido se comprende porque el pensamiento autoritario (los que abogan por el autoritarismo en su segunda acepción ya vista), es el ideario más popular en nuestro país por sobre otros enfoques ideológicos como el liberal, el conservador, el centro y el progresista. Y esto se refleja en datos objetivos que si bien se han ido reconfigurando con el tiempo, se han mantenido de forma casi sostenida...
(...)
siempre que se encamine por el enfoque institucional del autoritarismo rechazando de forma tajante el sentido espurio. Ya que la certeza de las experiencias de las potencias emergentes nos muestra que, para sentar las bases de un proyecto de nación exitoso, es necesario conjugar un sistema de economía de mercado con una sana planificación estatal para el total desarrollo de las fuerzas productivas, y este objetivo no puede ser instrumentalizado a través de un gobierno y un Estado blandengues [donde la criminalidad y la corrupción son moneda corriente que obstaculiza el desarrollo], sino, a través de un Estado fuerte y un gobierno consecuente, lo que implica, en esencia, un sistema político autoritario en el sentido institucional»
En: Lira, Israel René [2023]. Aproximación a una Teoría General del Autoritarismo. Diario La Verdad.

Atte. Secretaría de Doctrina y Programa Político
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